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Ingresos Brutos ARBA

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    • #9497

      Buenos días a todos! Un medico, quiere ejercer la profesión como liberal, (le va a factuar a una prepaga). Procedí a la inscripción de ingresos brutos para luego solicitar la exención (entiendo que encuadría en el art 207 inciso m) En efecto, cuando termino todo el procedimiento online, me envian el email y lo confirmo. Paso seguido intento generar la clave fiscal y no puedo, dado me arroja un mensaje “no se encuentra este CUIT en el padrón”. Como debo proceder entonces?
      Ahora bien me comunique con ARBA mediante whatsaap y me dijeron que los médicos no tiene exención. Le pedi que me explicara y no me contesto. tampoco me contesto lo primero. Es correcta mi apreciación sobre el beneficio de la exención ???
      Les agradezco las respuestas

    • #9507
      Carolina
      Participante

      En su artículo 180, el Código Fiscal establece que están exentos del pago del impuesto sobre los ingresos brutos “los ingresos obtenidos por el ejercicio de profesiones liberales universitarias de grado oficialmente reconocidas, cuya carrera tenga una duración no inferior a cuatro (4) años y no se encuentre organizada …

    • #9523

      Hola Carolina Gracias por la respuesta. El código te dejo el link del código que lei: https://www.arba.gov.ar/Intranet/Legislacion/Codigo/CodigoFiscal.pdf En el articulado el 180 menciona otra cosa. Entiendo que el articulado que mencionas es el de CABA no de ARBA.

    • #9675
      CER-FJF
      Keymaster

      Maximiliano,
      Es correcta, en Pcia. de Bs. As. los profesionales no estamos exentos de I. Brutos, en CABA si cumple con las condiciones si.
      En la sección de Guias y Cuadros tener un cuadro sobre las distintas alícuotas a aplicar en Ingresos Brutos según la ley impositiva vigente para este año.

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