Buenas tardes,
Se trata de una SRL que va a adquirir un lote para luego construir oficinas para alquiler (no es su actividad principal). A la fecha ha hecho anticipos en dos boletos de compra-venta. Además tuvo que abonar impuestos, servicios y tasas municipales atrasados para poder luego escriturar. Mi consulta es: esos impuestos que se abonaron este mes, se los puede deducir de ganancias? La SRL cierra balance el 31/10. Y estiman escriturar en noviembre o diciembre.
Agradezco los comentarios que puedan orientarme a resolver esta situación.
Saludos