Buenos días, les quería consultar con respecto a los conceptos a incluir en los recibos de sueldos considerando la baja sustancial en la actividad económica en los últimos meses debido a la cuarentena. Un cliente nuevo me pide los F.931 de enero a mayo de 2020, el mismo es propietario de una pizzería y tiene empleados bajo el convenio 389/04 (UTHGRA) y 329/2000 (Fed.Trabajadores Pasteleros-Rama Servicios Rápidos). ¿Cuáles consideran que serían los conceptos que mínimamente debería liquidar para minimizar costos y evitar cualquier tipo de inconveniente y/0 sanción legal?