Home › Foro › Foro › Lic. COVID Dto. 332 Art. 3b › Responder A: Lic. COVID Dto. 332 Art. 3b
Ariel, Si, debería tildarse en aquellos casos encuadradps en el Art. 3 inc. b) del Dto. 332/20. Con respecto a su liquidación deberías contemplar si puede ser considerada “enfermedad profesional” y cubierta por la ART.