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imp a los debitos y creditos bancarios

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  • Autor
    Publicaciones
    • #10071
      SCARPIN LUCRECIA
      Participante

      Buenas tardes! qria consultar una pyme con caracterizacion pequeña se puede tomar el 100% del impuesto a los debitos y creditos bancarios.. La duda que me surge tiene un saldo de 70.000 de IDCB y solo va a usar en la ddjj 30.000.. Los 40.000 restantes los puedo activar para usar en proximos ejercicios o los pierdo? muchas gracias

    • #10089
      Ramon Pena
      Keymaster

      Hola Lucrecia , puede usarlo , incluso para cancelar anticipos del ejercicio en curso , en caso de corresponder abonar.

    • #10091
      Ramon Pena
      Keymaster

      El 33 por ciento del remanente no utilizado

    • #10097
      SCARPIN LUCRECIA
      Participante

      en otro foro me dijeron que el 100% puedo trasladar a ejercicios siguientes y en el material de aca que hay un cuadro no hace diferenciacion y en el ejemplo tambien traslada todo el saldo

    • #10123
      Ramon Pena
      Keymaster

      Hola Lucrecia , en el otro foro tienes para pasarme la normativa en la que se basa el argumento para computar el total ? Sería una Muy buena noticia !
      En el ejemplo del sitio de acá , traslada todo el saldo a favor. Creo que no es el mismo caso que planteas.

    • #10142
      SCARPIN LUCRECIA
      Participante

      la verdad que no me paso normativa fijate en guias y cuadro 26 JUN COMPUTO DE IDYCB COMO PAGO A CUENTA EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS ahi en el punto 5 traslada el saldo total que le sobra

    • #10148
      Ramon Pena
      Keymaster

      En el caso práctico se traslada el total del saf originado por los anticipos ( que fueron compensados con el IDyCB) y sólo podrá ser utilizado ese saf con Ganancias.
      Tu consulta se refería al remanente no utilizado , o sea diferente al caso práctico que elaboramos.

    • #10162
      Ramon Pena
      Keymaster
    • #10159
    • #10158

      https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&url=http://z0723.cponline.org.ar:8080/ofercap/bajarMaterial%3Fidreunion%3D3661&ved=2ahUKEwiq8O_0sMXqAhVBA9QKHQCkAmM4ChAWMAV6BAgEEAE&usg=AOvVaw0g_aXHU6LP57Wc8BJwG6YT

      Hola!!! Copio link con archivo donde sostienen, en coincidencia con nosotros, que en las pymes solo es trasladable a ejercicios siguientes el 33% del remanente del IDCB no utilizado.
      Distinto es el caso práctico que mencionan , ya que se refiere al saf generado por compensaciones previas de anticipos.
      Saludos !

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