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Reclamo de intereses resarcitorios

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    Publicaciones
    • #22526
      rodriguezfd
      Participante

      Estimados, buenos dias,
      Les consulto por favor:
      El dia 07/04 se liquido y emitio VEP por SICORE, el dia 09/04 (vencimiento de la obligacion) se pago el VEP; Ahora bien, en el sistema de cuentas tributarias figuran intereses resarcitorios por esta obligacion (cuando su vencimiento y pago fue el 09/04, en termino y por la totalidad del monto), en base a la situacion planteada:
      -¿Es correcta la aplicacion de intereses por parte del sistema?, entiendo que no corresponde.
      -En caso de no corresponder, es posible el reclamo mediante presentacion digital, de ser asi, cual seria el encuadramiento correcto en la solapa de “tramite” en presentaciones digitales.

      Aguardo comentarios y/o sugerencias, por favor,
      Muchas gracias,
      Saludos,
      Florencia.

    • #22540
      AMODEO CARLOS ALBERTO
      Participante

      Florencia, yo esperaría unos días chequeando si AFIP “saca” los intereses que hoy estás viendo. A veces el pago del vep no se registra automáticamente en la cuenta corriente de AFIP y eso va generando intereses que el mismo sistema desecha cuando “le entra” el pago en la fecha en que lo hiciste.
      A mi me ha pasado, en especial en CCAM (cuenta corriente de autónomos y monotributistas).
      Saludos.

      • #22548
        rodriguezfd
        Participante

        Buenas tardes Carlos Amadeo, muchas gracias por tu respuesta, muy amable,
        Saludos,
        Florencia.

    • #22543

      Hola. Si el vencimiento operaba el día 09/04 y el pago fue efectuado en esa fecha entonces no corresponden intereses, salvo que hayas practicado retenciones durante la primera quincena de marzo y no haber ingresado el pago a cuenta, en ese caso sí corresponden intereses porque los vencimientos del pago a cuenta comenzaban el día 22/03.
      Si no se trata de pago a cuenta y es solo saldo DJ (segunda quincena) entonces deberías presentar un reclamo, yo utilizaría el asunto “Procesamiento o anulación de compensaciones”, se que no refleja exactamente el tema en cuestión pero al menos este sector debería ver procesamiento de pagos, yo ya hice presentaciones utilizando estos “trámites” aunque se trataba de otros motivos no contemplados y respondieron mi planteo.

      • #22550
        rodriguezfd
        Participante

        Buenas tardes Facundo, gracias por tu respuesta,
        Se trata del saldo de la DJ 2 quincena, presentare por ese medio un reclamo, y en caso de optar por otra via, por ejemplo la multinota fisica en agencia, seria valido?
        Muchas gracias.

    • #22565

      Yo lo haría mediante presentación digital porque te llega el acuse de presentación al domicilio electrónico al día siguiente de la presentación y en unos días te responden también a través del D.F.E, por otro lado, no creo que puedas hacerlo de forma presencial porque al menos en mi provincia solo atienden con turno pero a la vez no hay fecha disponible en la página (o sea, imposible).
      Sin embargo, si vos logras que te atiendan y te sellen la nota como recibida, a mi criterio es totalmente valida, el problema es que dudo que te respondan a través del DFE por lo que tendrás que ir a la agencia luego de unos días a preguntar si vieron tu caso.

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