Buendía, espero te sirva éste esquema.
Para la emisión del REC, como primera medida es necesario solicitar, previo al traslado, el Código de Remito Electrónico – CRE- mediante webservice o desde el servicio con clave fiscal Remitos Electrónicos, opción Remito Cárnico y luego confeccionar el documento electrónico por alguno de estos medios.
La solicitud del remito electrónico o resumen de datos, se deberá previamente generar el alta de un punto de venta específico, para ello se deberá ingresar al servicio con clave fiscal: “Administración de puntos de venta y domicilios”, opción “ABM puntos de venta/emisión” y elegir entre los domicilios
Entre los datos que suelen incluirse en un remito, se encuentran la razón social del vendedor y del comprador con sus respectivas direcciones, identificaciones tributarias, etc.; la descripción de las mercaderías que se entregan; la fecha; un número correlativo; el medio utilizado para el envío de la mercancía.
Los remitos R deben poseer CAI y por lo tanto para su impresión, previamente se debe solicitar el CAI a través del servicio de AFIP Autorización de Impresión de Comprobantes. El punto de venta para los remitos debe ser distinto al utilizado para la factura electrónica.