Buen día, Personalmente lo registro como un crédito en la cuenta de gastos “sueldos”. Es menor gasto.
Y por lo tanto, alcanzado por el impuesto a las ganancias. gracias
Buenas tardes, Entiendo que sólo el Administrador (titular) es quien debe pagar autónomos. No así el suplente. De forma similar a las SA, en donde el (o los) Director titular paga autónomos, y no los suplentes. saludos