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jose ernesto Peralta

Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: DEUDA DE INTERESES Y COMPENSACION #26542
    jose ernesto Peralta
    Participante

    La base es la 11683, y luego la normativa propia del SICORE, ya que los responsables por deuda ajena tienen limitaciones.

    en respuesta a: DEUDA DE INTERESES Y COMPENSACION #26540
    jose ernesto Peralta
    Participante

    Buendía, el sicore no se puede compensar con saldo de libre disponibilidad. Los responsables por el cumplimiento de deuda ajena y los responsables sustitutos a que se refiere el Art. 6° de la Ley 11.683 (agentes de retención y de percepción), no podrán solicitar la compensación a que alude la presente.

    en respuesta a: CONDICION CUIL EN 931 #26539
    jose ernesto Peralta
    Participante

    Hola me parece que el mje se relaciona con el Dto. 633-18 y los diferenciales de alìcuotas que estableció la Ley 27430
    te paso un link para que lo veas.

    SICOSS Versión 41


    Saludos.

    en respuesta a: Subsidio ATP tratamiento Ganancias Personas Físicas #26466
    jose ernesto Peralta
    Participante

    Buendía Laura, en efecto se trata de un subsidio no reintegrable. Ahora bien, es preciso recordar que en general y para un sujeto empresa aplica la teoría del balance del artículo 2, punto 2, de la ley de impuesto a las ganancias a fin de determinar el concepto de renta sujeta a impuesto, en virtud de la cual la misma empresa es la fuente de los réditos. Lo expuesto implica que todo rendimiento, renta, beneficio o enriquecimiento que cumpla o no las condiciones de habitualidad, permanencia y/o habilitación de la fuente se encuentra gravado a menos que exista una exención expresa.
    Actualmente, en la ley de impuesto a las ganancias no existe una exención para los subsidios recibidos por parte de sujetos empresas, por lo cual se encuentran alcanzados por el impuesto a las ganancias.
    Ver fallos
    Bus del Oeste SA TFN 6-12-2012
    Manuel Quinzan

    en respuesta a: AJUSTE IMPOSITIVO CIERRES 2021 #26289
    jose ernesto Peralta
    Participante

    Hola Nadia, en efecto el cómputo del AxI impositivo es por sextos, ya que la reformó la Ley 27541 del 2019.

    en respuesta a: ALTA DE CUIT DE UNA S.A.S #26205
    jose ernesto Peralta
    Participante

    El 11-6-21 se aprobó en el senado la suspención por 180 días.
    Las modificaciones de último momento al proyecto que suspende por 180 días la constitución electrónica de SAS para pasar su inscripción a la Inspección General de Justicia (IGJ) y a los registros provinciales incluyeron un registro de capital emprendedores (RICE), en el ámbito Ministerio de Desarrollo Productivo, que hará de filtro de las sociedades que pueden seguir siendo simplificadas.
    Las SAS que no pasen por ese filtro por no ser consideradas de “capital emprendedor” contarán con 180 días para reconvertirse como sociedades anónimas (SA) o de responsabilidad limitada (SRL
    El RICE deberá informar a la IGJ y a los registros provinciales de comercio para que puedan inscribir o dar de baja a las SAS en caso de que sean o no de capital emprendedor.

    en respuesta a: ALTA DE CUIT DE UNA S.A.S #26120
    jose ernesto Peralta
    Participante

    Hola fijarse en ABC de preguntas y respuestas, verificar que la CUIT esté correcta porque aparentemente, no la está validando.
    El otro punto que el servicio no funcione como debiera, cosa que no es de extrañar.

    en respuesta a: Percepciones Ley 27.541 a cuenta ganancias y Bs personales #26119
    jose ernesto Peralta
    Participante

    Las percepciones sufridas por los sujetos pasibles podrán ser computadas como un ingreso a cuenta en la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias, o en su caso, del impuesto sobre los bienes personales, correspondiente al período fiscal en el cual fueron practicadas.
    Si el servicio no permite, hacé la consulta web a ver que te responden.

    en respuesta a: Percepciones Ley 27.541 a cuenta ganancias y Bs personales #26114
    jose ernesto Peralta
    Participante

    Hola Laura podés imputar total ó parcialmente el impuesto de la ley 25413, según sea una micro pyme ó pyme para a los anticipos del ejercicio fiscal.

    en respuesta a: Tributaria Art. 45 Ley 11683 #26113
    jose ernesto Peralta
    Participante

    Hola te respondí por el mail, te comparto allí un modelo, espero sea de utilidad.

    en respuesta a: Monotributo. #25951
    jose ernesto Peralta
    Participante

    Buendía sugiero esperar la redacción definitiva y su reglamentación ya que del proyecto no surge el deber de recategorización.

    en respuesta a: Imposibilidad de Retención Sicore #25715
    jose ernesto Peralta
    Participante

    Hola fíjate de cargalo manualmente,y si sigue el error,web consulta.

    jose ernesto Peralta
    Participante

    Buendía lo que se actualiza es la tabla para el 2021, para realizar recategorizaciones y demás beneficios de la norma (permanencia ó transición al RG), en mi interpretación hay que tomar los valores del 2020, ya que en la RG 5003 determina la situación de los sujetos al 31-12-2020.

    en respuesta a: Facturas A para monotributistas. #25250
    jose ernesto Peralta
    Participante

    Hola, ayer se publicó la RG 5003 de afip y tener en cta. el Dto. 337 que es regalmentario de la Ley 27618.
    Creo que en la RG está la vigencia de la cuál haces referencia.
    Art. 14 del Dto. 337 que modifica el art. 39 de la Ley de IVA.
    Espero haber sido útil.

    en respuesta a: VENTA Y REEMPLAZO BIENES DE USO (MUEBLES) #25084
    jose ernesto Peralta
    Participante

    Hola tal como consultas es en la opción casos especiales allí debes informar en casi de bs muebles,no hay hasta donde yo se otro procedimiento.
    Saludos.

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